Secularización de la Parroquia de Salvatierra 1767
por Armando Escobar Olmedo
Portales de La Luz y fachada barroca del Santuario Diocesano de Nuestra Madre Santísima de la Luz. Foto de David López tena aprox. 1968.
Cuando se firmó en 1753 por real decreto de Fernando VI la secularización
de los curatos en España y sus colonias se creyó cumplir un viejo anhelo de los
obispos y clero secular de que al fin se acabaría con los frecuentes y fuertes
conflictos entre ellos y los curas, la mayoría religiosos y administradores de
gran parte de las parroquias. Gobernaba
la Nueva España el virrey Juan Francisco de Güemes y Horacitas conde de
Revillagigedo y el Obispado de Michoacán el navarro don Martín de Elizacoechea
y de Dorre y Echeverría. El traspaso de la administración de las parroquias en
poder de los religiosos al clero secular no sería de inmediato ya para evitar
nuevos conflictos se prefirió esperar al deceso o remoción del cura religioso
y nombrar el nuevo cura del clero
secular. Es muy sabido que en virtud del Real Patronato el rey tenía facultad de
la Santa Sede para nombrar obispos y miembros del clero, los cuales eran confirmados por esta como una cortesía.
Los conflictos entre ambos cleros eran muy antiguo; en el caso de la diócesis michoacana ya don Vasco de Quiroga,
su primer obispo, en los sesentas del siglo XVI tuvo que enfrentar engorrosos
pleitos tanto con los franciscanos como con los agustinos debido a que los
priores de estas órdenes desconocían su instrucciones y le hacían saber que
únicamente obedecían las de su respectivo Superior. Para ilustrar este asunto mencionamos solo dos casos concretos, uno en
Tlazazalca con los agustinos[1] y
otro en Pátzcuaro con los franciscanos[2].
Prácticamente todos los obispos michoacanos, como de otras diócesis
sufrieron semejantes desacatos y tensaron innecesariamente las relaciones entre
ambos cleros. Pero gran parte de estas diferencias se debieron a la oscilante
actuación de la Corona que en ocasiones fallaba a favor de uno u de otro y
luego se desdecía. Sin embargo lo esencial de estos conflictos consistía en la
superioridad que creía tener, y en realidad tenía el clero regular (los
religiosos) sobre los obispos y clero secular.
Por lo que se refiere a Salvatierra, estas controversias y desobediencia hacia
su diocesano (el obispo) se hizo muy notoria y llegó a escándalo bajo el
gobierno de los obispos Juan José de Escalona y Calatayud[3], Martín de Elizacoechea[4] y
especialmente en el gobierno de Pedro Anselmo Sánchez de Tagle[5].
No es posible extendernos en esto
asuntos, pero es menester mencionar un poco
el caso del obispo Escalona que para hacer efectiva una real cédula del
28 de diciembre de 1731 que obligaba a los vicarios coadjutores y
lugartenientes de curas y sus asistentes a realizar ante el cura un examen de suficiencia y conocimiento de la
legua de los naturales. El encargado de ejecutarla correspondió, en nuestra
ciudad, al cura fray Antonio Núñez, el
cual no la cumplió a pesar de los varios
requerimientos del obispo; ante esta situación Escalona nombró como coadjutores
a unos franciscanos quienes antes de aceptar pidieron a su Superior permiso
para ello, el cual les fue negado debido a que se dijo que el obispo no tenía
facultades para ello. Iniciando así un proceso por parte de Escalona sobre las
licencias que tenían estos religiosos franciscanos para poder predicar y
confesar e incluso a revisar la legalidad de la fundación de sus conventos. En
la misma ciudad ocurrió un caso semejante contra el mismo obispo, pero esta vez con los carmelitas, el asunto se
agravó cuando en defensa de los religiosos del Carmelo, fray José de Jesús
María predicó en la catedral vallisoletana un largo sermón contra el obispo, el
cual ante tal desacato mandó detener al insolente religioso, lo cual al fin no
se pudo lograr.[6]
Cuando se realizaba la secularización de un curato, el acto no consistía en
solo el traspaso de la administración del mismo de los regulares a los seculares, sino implicaba la toma de posesión de la iglesia parroquial,
su sacristía y todos los paramentos sacerdotales, ornamentos y lo que
pertenecía a la parroquia (sus libros, bienes, etc.) Ello significaba deslindar
lo parroquial de lo conventual. El convento y sus bienes en un principio seguirían
perteneciendo a la orden pero no los bienes parroquiales, que se hallaban
confundidos a través del tiempo con los de la orden y para poder deslindarlos
se debería hacer un detallado inventario de lo que el cura recibiría a nombre
de su parroquia. Es ahí donde surgieron varios conflictos. Recordamos en esta
la región el asunto espinoso ocasionado en la secularización de la parroquia de
Yuririapúndaro, administrada desde mediados del siglo XVI por los agustinos y
entre cuyos bienes se encontraba la famosa hacienda de San Nicolás cercana a
Salvatierra, y su célebre custodia de
plata.[7]
El 28 de octubre de 1761 falleció en Salvatierra el franciscano fray Miguel
Velázquez (o Belásquez) cura ministro de la doctrina de la ciudad, y en virtud
de la real orden ya mencionada debería de nombrarse en su lugar un cura del
clero secular. Su deceso le fue de inmediato informado al Provincial Cristóbal
Grande que vivía en Querétaro y se propuso como cura provisional a fray Antonio
Montaño quien estuvo al frente del curato. Se siguieron las gestiones
necesarias de dar aviso al obispo y este al virrey y Real Audiencia para que se
determinase lo conducente. El virrey que era el marqués de la Amarillas
consultó con el fiscal una vez revisado el expediente del asunto, sobre si sería
adecuado dejar a los religiosos en posesión de su convento y si estimaba que
los religiosos podrían continuar administrado el curato o bien nombrar uno del
clero secular. [8] El 19 de diciembre el virrey hizo saber al
obispo Sánchez de Tagle que podría dejar a los mismos el convento anexo a la
parroquia y dejaba a su elección que continuaran administrando el curato o bien
se procediera a la secularización e hizo saber la petición del cabildo de
Salvatierra para nombrar como cura al licenciado José Xavier de Ribera que era
su vicario y juez eclesiástico desde hacía más de treinta años.
El obispo sopesó las posibilidades y la amplia recomendación que hacía el
cabildo de la ciudad para nombrar como cura al licenciado Ribera a quien tomaría en cuenta debido a que
ya había varios pretendientes opositores y deberían seguirse las instancias de
estos casos. Para ese entonces ya se había iniciado la construcción de la
parroquia frente a la Plaza Principal a un lado de la capilla de Nuestra Señora
de la Luz, y se pensaba, dado el caso, dejar al convento e iglesia franciscana
como de recolección.[9] La
secularización se dilataba debido a que se deseaba tener terminada la iglesia
parroquial debido a que la capilla de Nuestra Señora de la Luz era insuficiente
para los oficios eclesiásticos y se continuaban ejerciendo los oficios en la iglesia
de San Francisco cuyo edificio original estuvo como ya es sabido en el Valle de
Huantzindeo y le había fundado en la segunda mitad el siglo XVI el conquistador
Martín Hernández o Fernández y que con
el tiempo se pasó a la otra banda del río Grande al paraje conocido como La
Isla que fue donado a los religiosos por Juan Izquierdo. Hubo en estos tiempos
algunos problemas que se tuvieron que superar, pero en despacho del 21 de enero
de 1767 el obispo Sánchez de Tagle hizo saber que designaba como cura interino
al licenciado José Xavier de Ribera, juez eclesiástico de la ciudad y pedía se comunicara a las autoridades y al pueblo con
las acostumbradas solemnidades del caso y que frente a un notario y en el púlpito de la iglesia se hiciera saber a la feligresía que Ribera era ahora el cura
interino y se le reconociera como párroco.
El cinco de marzo fue el acto solemne en la iglesia parroquial de Nuestra Señora
de la Luz, después de estar tocando las campanas por un cuarto de hora el
notario público, Antonio Núñez, subió al
púlpito y en altas y claras voces y ante el cabildo en pleno, clero y habitantes
de la ciudad y común de los naturales leyó el despacho por el cual se nombraba
cura interino de Salvatierra al licenciado Ribera. El despacho fue leído
también en otomí por el intérprete Salvador García y en tarasco por Tomás de
Villanueva. Luego se pasó a la sacristía por el nuevo cura el cual se
encontraba revestido de sobrepelliz[10] y
capa y se le condujo al altar mayor donde hizo oración y recibió las llaves del
sagrario el cual abrió, se hincó y adoró con incienso en tanto los cantores
entonaban el Tantum Ergo, a
continuación tomó el Santísimo
Sacramento y vuelto al pueblo se los dio a adorar mientras se cantaba el Deus qui nobis, entre repiques de
campanas y de ahí acompañado del cabildo y demás personajes pasó a la iglesia
de San Francisco, la antigua parroquia
que en tanto se terminaba totalmente la nueva iglesia, seguiría siendo
parroquia de ayuda. Ahí pasó al bautisterio y reconoció la pila bautismal y los
santos óleos los que incensó y entonó un canto de oración al Espíritu Santo y
posteriormente se revistió de capa negra y dijo un responso por los fieles
difuntos; luego siguió hasta a las puertas de la iglesia las cuales abrió y
cerró y regresó al presbiterio escuchando a los cantores el Te Deum Laudamus. Acto seguido el comisario le dijo que quedaba
amparado con el real auxilio y el señor Juez le aseguró lo mismo en su derecho
de cura. Ribera pasó a continuación a la sacristía para el acostumbrado besamanos
y a la recepción de los libros parroquiales y lo correspondiente a la
administración parroquial.
Al día siguiente se hicieron las diligencias de entrega por inventario de
lo correspondiente a la parroquia. Pero esto será tratado en otra ocasión por
no alargar más este texto.
[1] Este caso se debió a la fundación de un
convento agustino en ese lugar. Ellos decían tener permiso de su Superior y don
Vasco decía no haber dado el suyo, que era necesario para dicha fundación. Se
llegó al extremo de decir a los desconcertados habitantes del pueblo que los
oficios y sacramentos administrados por
el cura nombrado por don Vasco no eran válidos y solo lo eran los de ellos. Hay abundante material sobre estos
casos.
[2] Este asunto en
concreto se debió a que don Vasco nombró como cura del lugar a un miembro del
clero secular sustituyendo al religioso franciscano que lo era. Si bien las
relaciones entre Quiroga y los franciscanos y agustinos en un principio fueron
excelentes, tiempo después en varios casos hubo agrias disputas al
desconocerse la autoridad episcopal de don Vasco. Como en el asunto
anterior hay también mucho material.
[6] Todos estos
asuntos y otros más los tenemos microfilmados y consignados en nuestro
“Catálogo de documentos michoacanos en archivos españoles” tomos 1 y 2.
Solamente los relativos a la
secularización de curatos agustinos en Michoacán comprenden más de tres gruesos
legajos.
[7] Por no ser
factible tratar este asunto aquí, a los interesados en este tema le invitamos a ver nuestro artículo “La Custodia de Plata del
Convento Agustino de Yuririapúndaro” Publicado en la revista del Instituto de
Investigaciones Históricas de la UMSNH, el
Tzintzun.
[8] Con las fuertes
presiones del clero regular el rey había hecho algunos cambios a la cédula de
1753. Ahora podrían seguir administrando
un curato por solo una vez.
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