sábado, 14 de septiembre de 2013

Bicentenario de los Sentimientos de la Nación, en el cuaderno de notas de Armando Escobar Olmedo.

Cuaderno de Notas
2
Bicentenario de
Los Sentimientos de la Nación
1813-2013


Estos tiempos han sido de muchas conmemoraciones bicentenáricas, tantas, que seguramente ya para nuestros conciudadanos pasan desapercibidas, y corresponde a las autoridades lugareñas no olvidarlas, pero este 14 de septiembre en que se cumplen doscientos años de uno de los documentos fundacionales de nuestra Nación:

Que se escuche de nuevo en cada rincón de la Patria, en los dignos eventos que para tal ocasión organizarán seguramente nuestras autoridades de todo el País, la voz escrita del inmortal Morelos:

“1º Que la América es libre e independiente de España y de toda otra Nación, Govierno ó Monarquía, y que así se sancione, dando al Mundo las razones.

2º Que la Religión Católica, sea la única, sin tolerancia de otras.

3º Que todos sus Ministros se sustenten de todos y solos los Diezmos y Primicias, y el Pueblo no tenga que pagar más ob[v]enciones que las de su deboción y ofrenda.

4º Que el Dogma sea sostenido por la Gerarquía de la Yglesia, que son el Papa, los Obispos y los Curas, porque se debe arrancar toda planta que Dios no plantó: omnisplantatisquam nonplantabitPatermeusCelestiseradicabitur.Mat. Cap. XV.

5º Que la Soberanía dimana inmediatamente del Pueblo, el que sólo quiere depositarla en el Supremo Congreso Nacional Americano, compuesto de representantes de las Provincias en igualdad de números.[1] En sus representantes divididos los poderes de ella en Legislativo, Egecutivo y Judicial. Eligiendo las Provincias sus vocales  y estos a los demás, que deven ser sujetos sabios y de providad.

6º Que los Poderes Legislativo, Egecutivo y Judicial estén divididos en los cuerpos compatibles para exercerlos.

7º Que funcionarán quatro años los Vocales turnándose, saliendo los más antiguos, para que ocupen el lugar los nuevos electos.

8º La dotación de los Vocales será una congrua suficiente y no superflua, y no pasará por ahora de 8.000 pesos.

9º Que los empleos los obtengan sólo los Americanos los obtengan.

10º Que no se admitan extrangeros, si no son Artesanos capaces de instruir, y libres de toda sospecha.

11º Que los Estados mudan costumbres, y por consiguiente la Patria no será del todo libre y nuestra, mientras no se reforme el Govierno, abatiendo el tiránico, substituyendo el liberal, e igualmente y echando fuera de nuestro suelo al enemigo español, que tanto se ha declarado contra nuestra Patria
esta Nación.

12º Que como la buena Ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales, que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia; y de tal suerte se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, alexando la ignorancia, la rapiña y el hurto.

13º Que las Leyes Generales comprendan a todos, sin e[x]cepción de cuerpos privilegiados; y que éstos sólo lo sean en quanto al uso de su ministerio.

14º Que para dictar una Ley se haga Junta de Sabios, en el número posible, para que proceda con más acierto y exonere de algunos cargos que pudieran resultarles.Que para dictar una Ley se discuta en el Congreso y avida a pluralidad de votos.

15º Que la Esclabitud se proscriba para siempre, y lo mismo la distinción de Castas, quedando todos iguales, y sólo distinguirá a un Americano de otro el Vicio y la Virtud.

16º Que nuestros Puertos se franqueen a las Naciones extrangeras amigas, pero que éstas no se internen al Reyno, por más amigas que sean, y sólo habrá Puertos señalados para el efecto, prohibiendo el desembarque en todos los demás, señalando el diez por ciento.U otra Gabela a sus mercancías.

17º Que a cada uno se le guarden sus propiedades, y respete en su Casa como en un asilo sagrado, señalando penas a los infractores.

18º Que en la nueba Legislación no se admita la tortura.

19º Que en la misma se establezca por Ley Constitucional la celebración del día doce de Diciembre en todos los Pueblos, dedicado a la Patrona de nuestra Libertad, María Santísima de Guadalupe, encargando a todos los Pueblos la devoción mensual.

20º Que las tropas extrangeras, o de otro Reino, no pisen nuestro suelo, y si fuere en alluda, no estarán donde la Suprema Junta.

21º Que no se hagan expediciones fuera de los límites del Reyno, especialmente ultramarinas, pero que [las que] no son de esta clase [se hagan para] propagar la fe a nuestros hermanos de Tierra adentro.

22º Que se quite la infinidad de tributos, pechos e imposiciones que nos agobian, y se señale a cada individuo un sinco por ciento de semillas y demás efectosen sus gananciasó otra carga igual de ligera, que no oprima tanto, como la Alcabala, el Estanco, el Tributo y otros; pues con esta ligeracortacontribución, y la buena administración de los bienes confiscados al enemigo, podrá llebarse el peso de la Guerra, y honorarios de empleados.

Chilpancingo, 14 septiembre 1813.

José Mª Morelos.

23º Que igualmente se solemnice el día 16 de septiembre, todos los años, como el día Anibersario en que se lebantó la Voz de la Independencia, y nuestra Santa Libertad comenzó, pues en ese día fue en el que se desplegaronabrieron los labios de la Nación para reclamar sus derechos y empuñó con Espada en mano para ser oída: recordando siempre el mérito del grande Héroe el señor Don Miguel Hidalgo y su compañero Don Ignacio Ayende.


Repuestas en 21 de noviembre de 1813. Y por tanto, quedan abolidas éstas, quedando siempre sujetos al parecer de  su A.S.S





[1] Testado en el original. Y el texto siguiente escrito entre renglones y de otra letra.

Armando M Escobar Olmedo
Morelia, 13 de septiembre de 2013

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